Además de la Directiva de Máquinas, existen a menudo Directivas adicionales que deben aplicarse a las máquinas e instalaciones. Las máquinas que contienen, p. ej., material eléctrico, quedan comprendida muchas veces en la Directiva de Baja Tensión.
"A efectos de la presente Directiva, se entenderá por «material eléctrico» cualquier clase de material eléctrico destinado a utilizarse con una tensión nominal comprendida entre 50 y 1 000 V en corriente alterna y entre 75 y 1 500 V en corriente continua [...]"
La Directiva de Baja Tensión puede consultarse en la página web de la Comisión Europea.