5 nov 2020

Qué deben tener en cuenta las empresas operadoras por lo que respecta al Marcado CE de máquinas antiguas

La Directiva de Máquinas 2006/42/CE regula la comercialización de máquinas en el Espacio Económico Europeo, Suiza, Liechtenstein, Turquía, Noruega e Islandia. Es preciso examinar detalladamente en qué condiciones está permitido utilizarlas, sobre todo por lo que respecta a máquinas antiguas. Hemos resumido en pocas líneas tres de la preguntas más frecuentes sobre la operación segura de máquinas antiguas.

La Directiva de Máquinas está siendo objeto de revisión. ¿Qué cambiará en adelante?

No se introducirán cambios sustanciales ni se refundirá el texto completo de la Directiva de Máquinas. La revisión consiste más bien en una ampliación racional de la Directiva. Se pondrá especial atención, por ejemplo, en los "aspectos ergonómicos en la construcción de máquinas" y la "IT-Security".

¿Que es necesario tener en cuenta por lo que respecta a la transformación de máquinas antiguas?

La Directiva de Máquinas es vinculante para fabricantes de máquinas e instalaciones desde el 01/01/1995. En ella se establece que el procedimiento CE de evaluación de la conformidad, o Marcado CE, debe haberse completado en la fecha de primera comercialización de la máquina. Las empresas operadoras que deseen transformar o modernizar máquinas antiguas sin Marcado CE deberán orientarse en el estado de la técnica de máquinas comercializadas comparables y en las normas armonizadas aplicables.

Importante: cuando se realicen transformaciones o retrofit de máquinas antiguas es preciso evaluar si esto constituye una transformación sustancial de las máquinas. Si es así, la empresa operadora se convierte en fabricante y deberá realizar un nuevo procedimiento CE de evaluación de conformidad. La máquina antigua transformada tendrá consideración de máquina nueva. Esto exige el cumplimiento de la Directiva de Máquinas y el consiguiente Marcado CE.

¿Puede una máquina antigua fabricada, p. ej., en 1999, obtener de manera retroactiva un Marcado CE?

El criterio determinante para el Marcado CE no es el año de fabricación sino la fecha de primera comercialización de una máquina. En la Directiva de Máquinas se define claramente que el Marcado CE debe haberse completado en la fecha de primera comercialización. En consecuencia, no existe la posibilidad de obtener el Marcado CE de forma retroactiva o a posteriori.

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Solicite a nuestros expertos asesoramiento sobre la aplicación e implementación de lo especificado en la Directiva de Máquinas.

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