Pregunta:
Si trasladamos una máquina certificada según la Directiva de Máquinas 98/37/CE de Eslovaquia a Bulgaria y la montamos exactamente en el mismo estado, ¿necesitamos una nueva certificación CE según la Directiva de Máquinas 2006/42/CE?
Respuesta:
Puesto que la máquina se certificó según la Directiva de Máquinas 98/37/CE, no se requiere una nueva certificación según la Directiva de Máquinas 2006/42/CE.