Una empresa externa ha de reacondicionar una máquina fabricada en 1995. Aunque no es una transformación sustancial, se realizará la certificación CE de la máquina. ¿Es la empresa externa responsable de la certificación?
Si no se realiza una transformación sustancial, no se precisa la certificación CE. No obstante, la máquina ha de satisfacer por lo menos los requisitos del Anexo I del reglamento sobre seguridad en el trabajo.
La empresa externa no se considerará nunca un fabricante, pero existe la posibilidad de encomendar el procedimiento de evaluación de la conformidad a la empresa externa como representante según la Directiva de Máquinas.