Según la Directiva de Máquinas 2006/42/CE (artículo 5, apartado 1 c), no está permitido comercializar una máquina o instalación sin un manual de instrucciones. No se define tampoco un periodo de espera.
El fabricante o su representante autorizado debe entregar el manual de instrucciones (las instrucciones de uso) antes de comercializar o de poner en marcha la máquina o instalación.