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Normas para zonas con atmósfera potencialmente explosiva (ATEX)



Marca EX

Marca EX

Los dispositivos que cumplen los requisitos de la directiva 94/9/EG pueden llevar el marcado CE. Puesto que este marcado se utiliza también para productos sin protección antideflagrante si existen las oportunas directivas CE que regulan la libre circulación de estos productos a través de las fronteras interiores de la Comunidad, se conserva como carácter distintivo el conocido símbolo Ex incluido en el hexágono.

 
Además del grupo del dispositivo (I o II), debe especificarse la categoría del dispositivo y, para el grupo II, la letra característica G o D. Se admiten combinaciones de marcas como, p. ej., ..II..G/D para dispositivos adecuados para el uso en zonas potencialmente peligrosas por la presencia de gases o polvos inflamables.

 

Elección correcta de los equipos eléctricos utilizados

Para elegir correctamente los equipos eléctricos utilizados es preciso conocer la clasificación de las posibles mezclas inflamables presentes en estos grupos de explosión. La inflamabilidad y capacidad deflagrante de una mezcla potencialmente explosiva es una propiedad característica de cada sustancia. Por consiguiente, los requisitos para los equipos eléctricos pueden clasificarse en función de los gases o vapores presentes en la zona de aplicación.

Clases de temperatura

La temperatura de inflamación depende de la sustancia y se define como la temperatura más baja determinada en un equipo de ensayo a la que puede provocarse la inflamación del gas.

Las diferentes temperaturas de inflamación determinadas para los distintos gases se utilizan para dividir los gases y vapores inflamables en clases de temperatura. Para todos los tipos de protección antideflagrante es preciso dividir los equipos eléctricos para instalar en la zona con atmósfera potencialmente explosiva en las clases de temperatura T1 a T6.


Clase de temperaturaTemperatura superficial máxima admisible de los equipos [°C]Temperaturas de ignición de las sustancias inflamables [°C]
T1 450 >450
T2 300 > 300
T3 200 >200
T4 135 >135
T5

100

>100
T6 85 >85

Prevención de fuentes de ignición en la zona de protección antideflagrante

En la zona de protección antideflagrante deben evitarse fuentes de ignición derivadas del proceso de funcionamiento y de eventuales fallos. El fabricante del dispositivo debe conocer la manera de conseguir este objetivo para cada equipo mediante los tipos de protección antideflagrante.

Definición del tipo de protección antideflagrante

Los tipos de protección antideflagrante son medidas que se aplican a los equipos eléctricos para evitar la inflamación de una atmósfera potencialmente explosiva por causas atribuibles al equipo.

EN 50015: Tipo de protección antideflagrante por inmersión en aceite "o"

Tipo de protección antideflagrante por el que el equipo eléctrico o partes de equipos eléctricos se encapsulan mediante inmersión en aceite en el sentido de que no puedan causar la deflagración de una atmósfera potencialmente explosiva exterior situada encima de la superficie o fuera de la carcasa.

EN 50016: Tipo de protección antideflagrante mediante sobrepresión interna "p"

Tipo de protección antideflagrante por el que se impide la entrada de una atmósfera potencialmente explosiva exterior en la carcasa de equipos eléctricos por medio del mantenimiento en su interior de un gas de protección antideflagrante (aire, gas inerte u otro tipo de gas adecuado) a una presión superior a la de la atmósfera exterior. La sobrepresión se mantiene con o sin barrido continuo de gas de protección antideflagrante.

EN 50017: Tipo de protección antideflagrante por relleno de arena "q"

Tipo de protección antideflagrante en el que la carcasa de un equipo eléctrico se rellena con un material de grano fino de forma que, si se usa correctamente, un eventual arco voltaico que se genere en la carcasa no provoque la inflamación de la atmósfera potencialmente explosiva exterior a la carcasa. En la superficie de la carcasa no debe producirse una inflamación por llamas o por temperaturas altas.

EN 50018: Tipo de protección antideflagrante por envolvente "d"

Tipo de protección antideflagrante en el que las partes que pueden provocar la ignición de una atmósfera potencialmente explosiva están encerradas en una carcasa que, si se produce en su interior la explosión de una mezcla potencialmente explosiva, resiste la presión y evita que la deflagración se transmita a la atmósfera potencialmente explosiva exterior a la carcasa.

EN 50019: Tipo de protección antideflagrante de seguridad aumentada "e"

Tipo de protección antideflagrante en el que se han tomado medidas para evitar, con un grado aumentado de seguridad, la posibilidad de que se den temperaturas inadmisiblemente altas y se formen chispas o arcos voltaicos en el interior o en partes exteriores de equipos eléctricos en los que no se producirían en condiciones de funcionamiento normales.

EN 50020: Tipo de protección antideflagrante de seguridad intrínseca "i"

Tipo de protección antideflagrante en el que la energía del circuito se mantiene tan baja que no puedan formarse chispas, arcos voltaicos o temperaturas susceptibles de provocar inflamación.

EN 50028: Tipo de protección antideflagrante por encapsulado "m"

Tipo de protección antideflagrante por el que las partes que pueden inflamar una atmósfera potencialmente explosiva a causa de chispas o por calentamiento se embuten en una masa de relleno de forma que no puedan inflamar dicha atmósfera.


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